El Primer Circuito concluye que el despido improcedente del empleado y otras reclamaciones basadas en la legislaci贸n estatal quedan invalidadas por la legislaci贸n federal.
El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de los Estados Unidos (que abarca Maine, Massachusetts, New Hampshire, Puerto Rico y Rhode Island) recientemente fall贸 a favor de los empleadores que litigaban reclamaciones 芦relacionadas con禄 ciertos planes de prestaciones patrocinados por el empleador. 聽
El 16 de junio de 2025, el tribunal confirm贸 una sentencia sumaria a favor de Santander Bank N.A. (芦Santander禄) en el caso Orabona contra Santander Bank, N.A., una demanda presentada por una antigua empleada que alegaba que la empresa hab铆a rescindido su contrato con el fin de evitar pagarle la indemnizaci贸n por despido. Al dictar su sentencia, el Primer Circuito reafirm贸 que los empleados no pueden presentar reclamaciones basadas en la legislaci贸n estatal contra sus empleadores si la resoluci贸n de dichas reclamaciones requiere el an谩lisis o la interpretaci贸n de un plan de la Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilaci贸n de los Empleados (ERISA). El tribunal razon贸 que, dado que el Congreso ha promulgado leyes federales que regulan las normas jur铆dicas y las medidas de ejecuci贸n para las disputas relativas a las prestaciones de la ERISA, cualquier reclamaci贸n basada en la legislaci贸n estatal relacionada con dichas prestaciones queda 芦suprimida禄, es decir, sustituida por la legislaci贸n federal, y por lo tanto no es viable.
I. Antecedentes
La demandante Lorna Orabona comenz贸 a trabajar como agente hipotecaria con altos ingresos para la empresa predecesora de Santander en 2008. En 2022, la empresa rescindi贸 su contrato 芦por causa justificada禄 tras determinar que hab铆a enviado correos electr贸nicos de la empresa a su direcci贸n de correo electr贸nico privada, lo que infring铆a el C贸digo de Conducta de Santander. En la 茅poca del despido de Orabona, Santander tambi茅n llev贸 a cabo un despido colectivo a gran escala a nivel nacional, del que Orabona no form贸 parte. La naturaleza 芦justificada禄 del despido de Orabona la inhabilit贸 para recibir las indemnizaciones por despido previstas en la Pol铆tica de Indemnizaciones por Despido de la empresa, conforme a la ley ERISA.聽 聽
Aunque la pol铆tica de indemnizaci贸n por despido inclu铆a un procedimiento administrativo obligatorio para presentar reclamaciones, Orabona no tom贸 ninguna medida para recurrir su despido ni solicitar prestaciones. En su lugar, present贸 varias demandas ante los tribunales estatales, entre ellas una por despido improcedente, contra Santander, basadas en la alegaci贸n de que Santander la hab铆a despedido para evitar pagarle la indemnizaci贸n por despido. Orabona aleg贸 que el hecho de no haber recurrido su despido ni solicitado prestaciones se deb铆a a que hab铆a confiado en ciertas declaraciones de Santander en el sentido de que la empresa la denunciar铆a ante la junta de concesi贸n de licencias si intentaba hacerlo.聽 聽
II. La decisi贸n del Primer Circuito
En apelaci贸n, el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito confirm贸 la sentencia del Tribunal de Distrito a favor de Santander, coincidiendo con el tribunal inferior en que todas las reclamaciones de Orabona quedaban invalidadas por la secci贸n 514(a) de la ley ERISA. La ERISA, la ley federal que establece las normas legales m铆nimas para la mayor铆a de los planes de jubilaci贸n y salud establecidos voluntariamente en el sector privado, dispone que la ley federal 芦prevalecer谩 sobre todas y cada una de las leyes estatales en la medida en que puedan estar relacionadas, ahora o en el futuro, con cualquier禄 plan ERISA. Una reclamaci贸n 芦est谩 relacionada禄 con un plan ERISA cuando un tribunal debe evaluar o interpretar los t茅rminos del plan para determinar la responsabilidad. El Tribunal Supremo, el Tribunal de Apelaci贸n del Primer Circuito y otros tribunales federales de apelaci贸n han concluido que las reclamaciones basadas en la legislaci贸n estatal 芦se relacionan禄 con la ERISA cuando se alega que el empleador ha tomado medidas para impedir que el empleado reciba las prestaciones del plan ERISA.聽
Dado que la determinaci贸n tanto de la responsabilidad como de los da帽os y perjuicios en este asunto requerir铆a la revisi贸n de la Pol铆tica de indemnizaci贸n por despido, cada una de las reclamaciones de Orabona 芦guardaba relaci贸n禄 con dicha Pol铆tica, por lo que quedaron sustituidas por la legislaci贸n federal. En concreto, ser铆a necesario hacer referencia al plan ERISA para determinar, entre otras cosas, si:
- Orabona no ten铆a derecho a prestaciones debido a los motivos que Santander aleg贸 para su despido.聽
- Orabona infringi贸 el C贸digo de Conducta; y
- Orabona habr铆a tenido derecho a prestaciones si su despido se hubiera producido en el marco del despido colectivo nacional y no por causa justificada.
El tribunal concluy贸 adem谩s que las reclamaciones de Orabona para obtener una indemnizaci贸n por da帽os y perjuicios estaban separadamente sujetas a la disposici贸n de aplicaci贸n civil de la ERISA. Al hacerlo, el tribunal calific贸 la afirmaci贸n de Orabona de que su incumplimiento de agotar los recursos establecidos en la Pol铆tica de indemnizaci贸n por despido se debi贸 a las declaraciones falsas de Santander como un 芦intento [...] de eludir la ERISA禄 y rechaz贸 su intento de escapar de la 芦causa de acci贸n exclusiva禄 de la ERISA.El hecho de que Orabona solicitara recursos, incluidos da帽os punitivos, m谩s all谩 del alcance de la ley no salv贸 sus reclamaciones. M谩s bien, explic贸 el tribunal, la cuesti贸n de los da帽os punitivos respaldaba en realidad la conclusi贸n de prevalencia para lograr la intenci贸n del Congreso de convertir el mecanismo de ejecuci贸n civil de la ERISA en el recurso exclusivo para tales reclamaciones.聽
La decisi贸n sirve como recordatorio a los empleadores para que revisen sus planes de prestaciones patrocinados por la empresa a fin de garantizar el cumplimiento de la legislaci贸n federal y tengan en cuenta las consideraciones de la ley ERISA a la hora de decidir si un despido concreto se inscribe en el contexto de un despido colectivo que da lugar a una indemnizaci贸n por despido. Dada la complejidad del r茅gimen legal de la ley ERISA, se recomienda a los empleadores que consulten con un asesor jur铆dico para obtener orientaci贸n en estos asuntos.